USCIS: ¿Qué residentes no deben salir de Texas, California y Florida?

USCIS advierte: con I-485 pendiente no debe salir de Texas, California y Florida sin Advance Parole aprobado; viajar sin permiso abandona el trámite.
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Los extranjeros con un ajuste de estatus en trámite para obtener residencia permanente en Estados Unidos deben actuar con cautela antes de planificar cualquier viaje al exterior. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración advierte que salir del país sin la autorización adecuada puede comprometer o terminar el proceso para obtener la green card.

La advertencia es relevante para comunidades latinas en Texas, California y Florida. Estos tres estados tienen la mayor concentración de migrantes hispanos del país. Un error en el viaje puede tener consecuencias graves en el trámite de residencia.

Abogados especializados coinciden en que quien tiene un I-485 pendiente no debe salir sin un permiso de viaje aprobado. Ese documento es el Advance Parole. Sin él, el reingreso puede no ser posible y el caso se considera abandonado.

¿Qué migrantes corren mayor riesgo si viajan?

Solicitantes con un Formulario I-485 pendiente que todavía no recibieron un permiso de viaje aprobado (Advance Parole) están en riesgo alto. Ese formulario es la solicitud de ajuste de estatus para residencia permanente. Si se sale sin Advance Parole, el trámite puede ser dado por terminado.

Personas que ya presentaron la solicitud de autorización de viaje pero cuya aprobación aún no fue emitida tampoco deben salir. El hecho de haber solicitado no es suficiente. La aprobación debe estar en mano antes de viajar.

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Extranjeros cuya visa original ya expiró y dependen exclusivamente del expediente de ajuste de estatus activo también están en riesgo. En ese caso, la visa no sirve para reingresar. Solo el expediente activo y el Advance Parole permiten el retorno.

Personas con antecedentes migratorios o situaciones que podrían ser revisadas nuevamente en el punto de reingreso deben evitar viajar. La revisión al reingreso puede abrir una nueva evaluación del caso. Eso aumenta el riesgo de rechazo o dedetención.

Solicitantes que no tienen alguna excepción migratoria que les permita viajar y regresar mientras el caso sigue pendiente tampoco deben salir. Sin excepción, el reingreso no está garantizado. El riesgo de perder el trámite es real.

¿Qué es el Advance Parole?

El Advance Parole es un permiso que autoriza a salir y volver a ingresar legalmente a EE.UU. mientras la solicitud de residencia permanente continúa bajo análisis. Ese documento se solicita ante USCIS mediante el Formulario I-131. Es el único camino para viajeros con I-485 pendiente.

Andrés Echevarría, socio del estudio jurídico internacional Vivanco & Vivanco, explicó que quien tiene un ajuste de estatus en curso puede viajar al exterior sin comprometer su proceso únicamente si cuenta con Advance Parole. Sin ese permiso, el reingreso no está garantizado.

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Salir del país sin ese permiso cuando hay un I-485 pendiente puede resultar en el abandono del trámite. Esa es la advertencia clara de USCIS y de abogados de inmigración consultados. La consecuencia es la pérdida de la oportunidad de residencia.

USCIS advierte que algunos solicitantes pueden enfrentar dificultades adicionales si permanecen fuera del país mientras reciben requerimientos de evidencia. Los requerimientos de evidencia son notificaciones que exijan documentación adicional. Si no se responden en tiempo, el caso puede ser cerrado.

El memorando PM-602-0199, emitido el 21 de mayo de 2026, endureció los criterios de discreción en los ajustes de estatus. Ese cambio aumenta la importancia de no cometer errores en el viaje. El margen para errores es menor.

¿Qué visas tienen excepciones?

Titulares de visas H-1B y H-4 no necesitan Advance Parole para viajar. Ese estatus permite reingreso con la documentación vigente. Es una excepción clara dentro del sistema migratorio.

Beneficiarios de visas L-1 y L-2 tampoco necesitan Advance Parole. Ese estatus está diseñado para trabajadores de empresas internacionales y sus familiares. El reingreso es posible con la visa vigente.

Cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses con visas K-3 y K-4 tienen la misma excepción. Ese estatus permite reingreso con la documentación correspondiente. La visa debe estar vigente al momento de salir.

Cónyuges e hijos de residentes permanentes con visas V-1, V-2 y V-3 también están exentos. En todos estos casos, el estatus migratorio debe estar vigente al momento de salir. El reingreso debe realizarse con la documentación correspondiente.

La recomendación generalizada entre abogados de inmigración es consultar con un profesional antes de comprar pasajes. Especialmente en el contexto del memorando PM-602-0199, que endureció los criterios de discreción. Un error puede ser irreversible.

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